NIA 705
Opinión modificada en el informe emitido por un
Auditor Independiente
La norma internacional de auditoria 705 presenta las responsabilidades del auditor para emitir un
dictamen apropiado cuando el auditor determina
que
luego de formarse una opinión sobre los estados financieros se necesita una modificación a esta.
De acuerdo a esta modificación el auditor puede distinguir tres tipos de opiniones, opinión con
salvedad, opinión negativa y abstención de opinión. El auditor define cual tipo de opinión
presentar de acuerdo
a
las circunstancias
de la modificación, por ejemplo
si los
estados
financieros presentan representaciones erróneas de importancia relativa, si no se obtuvo la
suficiente y apropiada evidencia, y cuáles son los
efectos de esas circunstancias sobre los
estados financieros, según el juicio del auditor.
Las representaciones erróneas
de importancia relativa en los estados financieros pueden surgir en
asuntos relacionados a lo
apropiado de las políticas contables, la aplicación de las políticas contables, o lo
apropiado o adecuado de las revelaciones en los estados financieros.
Objetivo
El objetivo del auditor es presentar una opinión modificada sobre los estados financieros cuando determina que los estados financieros como un todo no están libres de representaciones erróneas de importancia relativa o cuando el auditor no puede obtener la suficiente y apropiada evidencia a
cerca de que los estados financieros como un todo están libres de representaciones erróneas.
Requisitos
Circunstancias en que se requiere una modificación a la opinión del auditor: El auditor debe
modificar su opinión cuando determina
que
de acuerdo a la evidencia obtenida concluye que los
estados financieros no están libres de representaciones erróneas de importancia relativa, o cuando
no puede obtener la suficiente y apropiada evidencia para concluir que los estados financieros están libres de representaciones erróneas.
Determinación del tipo de modificación a la opinión del auditor: El auditor de acuerdo a su juicio determinara el tipo de modificación a realizar
a la opinión sobre los estados financieros como un todo.
De esa manera se pueden definir tres tipos de opinión:
- Opinión con salvedad:
El auditor presentara una opinión
con
salvedad cuando determina que los estados financieros como un todo no están libres de representación erróneas
de importancia relativa que no son generalizadas para los estados financieros.
De la misma
manera cuando no se obtiene la suficiente y apropiada evidencia a cerca de que los
estados financieros como un todo no están libres de representaciones erróneas de importancia relativa, pero sus efectos sobre los estados financieros no son generalizadas.
- Opinión negativa: El auditor
presentará una
opinión negativa cuando a partir de la evidencia obtenida concluye que los estados financieros como un todo no están libres de
representaciones erróneas y están son generalizadas para los estados financieros.
- Abstención de opinión: El auditor debe abstenerse de presentar su opinión cuando no
puede obtener la suficiente y apropiada evidencia de que los estados financieros
puedan
presentar representaciones
erróneas que podrían ser de importancia relativa y generalizadas para los estados financieros.
Así mismo, cuando el auditor determina que existen
faltas de seguridad y a pesar de haber obtenido la suficiente y apropiada evidencia sobre las faltas, no puede formar una opinión sobre los estados financieros debido a los efectos de estas
faltas sobre los
estados.
La incapacidad del auditor para obtener la suficiente y apropiada evidencia puede representar
una
limitación en el alcance de la auditoria y puede deberse a circunstancias fuera del control de la entidad, circunstancias
relacionadas con la naturaleza u oportunidad del trabajo del auditor o limitaciones impuestas por la administración. Si el auditor determina que existe una limitación impuesta por la administración, que genera la necesidad de presentar una opinión con salvedad o
abstención de opinión, el auditor deberá solicitar a la administración que elimine dicha limitación. En caso de que la administración se niegue a realizar
esa
eliminación, el auditor deberá
informarlo a los
encargados del
gobierno corporativo cuando sea
posible,
o
realizar
procedimientos adicionales
para obtener la suficiente y apropiada
evidencia de auditoria. Si esto no es posible el
auditor deberá analizar las implicaciones y establecer que procedimientos a seguir, los cuales
podrían ser la presentación de una opinión con salvedad, o de acuerdo a la gravedad de la
situación
determinar
si se abstiene de presentar su opinión o se retira del trabajo si es posible de
acuerdo a las circunstancias.
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