viernes, 7 de noviembre de 2014

NIA 560 - Hechos Posteriores al Cierre


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.---Hechos Posteriores---.

 

La Norma Internacional de Auditoría 560  presenta las responsabilidades que tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre, en una auditoría de estados financieros.

Hechos posteriores al cierre

Suelen identificarse dos tipos de hechos:

1.    aquellos que proporcionan evidencia sobre condiciones que existían en la fecha de los estados financieros; y

2.    aquellos que proporcionan evidencia sobre condiciones que surgieron después de la fecha de los estados financieros.

Es importante reconocer los objetivos del auditor dentro de esta NIA:


Definiciones

-          Fecha de los estados financieros: fecha de cierre del último periodo cubierto por los estados financieros.

-          Fecha de aprobación de los estados financieros: fecha en la que se han preparado todos los documentos comprendidos en los estados financieros, incluyendo las notas explicativas, y en la que las personas con autoridad reconocida han manifestado que asumen la responsabilidad sobre ellos.

-          Fecha de publicación de los estados financieros: fecha en la que los estados financieros auditados y el informe de auditoría se ponen a disposición de terceros.

-          Fecha del informe de auditoría: fecha puesta por el auditor al informe sobre los estados financieros de conformidad con la NIA 700.

-          Hechos posteriores al cierre: hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría, así como hechos que llegan a conocimiento del auditor después de la fecha del informe de auditoría.
 
 
Video de apoyo
 

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